Una intro a los impuestos y el SAT
por Alfredo Sampayo Estrada
Cofundador
Cofundador
Gran parte del financiamiento que obtiene un Estado es a través de los impuestos que cobra, donde queda en manos del poder legislativo (para el caso de México, la Cámara de Diputados y Cámara de Senadores) imponer qué impuestos se deben pagar y su manera de pago en términos generales, mientras que en el poder ejecutivo (para el caso de México, el Servicio de Administración Tributaria, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, entre otros) se decide el cómo se deben pagar de una forma más detallada. En México, los principales impuestos obligatorios hoy son el impuesto sobre la renta (ISR) y el impuesto al valor agregado (IVA); sin embargo, existen otros impuestos que cobra el Estado Mexicano como el impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS), el impuesto sobre adquisición de inmuebles (ISAI, dependiendo de cada lugar en específico) o el impuesto sobre nóminas.
El Servicio de Administración Tributaria es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el carácter de autoridad fiscal, y con las atribuciones y facultades ejecutivas que señala su Ley[1]. El SAT tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público, de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras, de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario de dichas disposiciones, y de generar y proporcionar la información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria.
Con lo anterior en mente, el Servicio de Administración Tributaria es el encargado de que los sujetos obligados—principalmente mexicanos y, en ciertos casos, extranjeros—paguen sus impuestos; sin embargo, en México los contribuyentes tienen la obligación de autodeterminarse, lo que significa que cada persona debe calcular y pagar/enterar sus impuestos de acuerdo con las distintas leyes fiscales en los distintos momentos que marquen éstas.
Retomando uno de los impuestos de mayor relevancia, el impuesto sobre la renta es aquél que se causa por el aumento en la riqueza patrimonial de las personas por las distintas actividades que realizan, las cuales pueden ser el pago de un salario quincenal (sueldos y salarios), la enajenación de bienes (la venta de tu casa o tu coche), el arrendamiento de bienes (siendo dueño de una propiedad que la rentas), el brindar servicios remunerados (servicios profesionales, por ejemplo), el obtener intereses (por préstamos otorgados o los generados por tener recursos en una cuenta de banco), entre otros.
Una característica que suele ser de mucha confusión es que el aumento en la riqueza de la persona no es igual al ingreso per se (recepción de efectivo en las cuentas bancarias o en efectivo, o bien, recepción de bienes o servicios como pago de una contraprestación), aunque en muchas ocasiones están de la mano. Para reconocer la diferencia, debemos analizar dos temas: 1) si el ingreso se encuentra gravado por el impuesto de las leyes que lo regula (por ejemplo, los donativos recibidos por padres no se encuentran gravados o la herencia/legado) y 2) en caso de que el ingreso sí esté gravado por las leyes, si permite deducciones para obtener así la riqueza efectiva (en términos generales, precio de venta menos precio de lo que te costó).
Lo anterior es de suma importancia conocerlo por la característica de autodeterminación porque cada persona debe calcular su impuesto que debe en el año e incluso, conocer si debe pagar el impuesto antes de terminar el año—como pueden ser los pagos provisionales—, ya que el Servicio de Administración Tributaria tiene cinco años como regla general para poder revisar a los contribuyentes y, en su caso, determinar créditos fiscales por omisión del pago de impuestos, el cual debería ser calculado más actualizaciones, recargos e, incluso, multas. El financiamiento más caro es el que obtienes del fisco.
En los últimos años, el Servicio de Administración Tributaria y otras autoridades de carácter fiscal han evolucionado en su manera de práctica de diligencias, ya que, con la tecnología, las autoridades pueden acceder a la información de los contribuyentes de una manera más sencilla. Un ejemplo claro de esto es la relación íntima entre el sistema fiscal y el sistema bancario. Las autoridades fiscales han implementado estrategias de revisión de la información bancaria de los contribuyentes, dado que éstas son un punto central en la concentración de riqueza y los ingresos de los contribuyentes. Incluso, se han implementado mecanismos para atender posibles omisiones de impuestos a través de “cartas invitación”. Además, con el supuesto de posible presunción de ingresos, los contribuyentes deben probar su “inocencia” que ciertos ingresos no deben pagar el impuesto correspondiente por diversas razones o que pagaron el impuesto de alguna manera.
[1] Artículo 1 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria. Consultado el 19 de septiembre de 2020.
**Alfredo Sampayo Estrada es abogado egresado del Centro de Investigación y Docencia Económicas. Actualmente labora en un despacho fiscal donde realiza un análisis enfocado a la consultoría. Lo que más publica en GJMX son artículos fiscales, pero de vez en cuando si escribe de otras cosas. Tacos a cualquier hora.
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