¿Qué consecuencias tiene aquel que maltrata a un animal y cómo lo denuncio?
por Carlos Arce Chora
Colaborador
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En la ciudad de México el maltrato animal es un delito. De conformidad con el artículo 350 bis del Código Penal para el Distrito Federal, “al que realice actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie animal no humana, causándole lesiones de cualquier tipo sin que pongan en peligro la vida del animal, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y de cincuenta a cien días multa.”
Además, de acuerdo con el artículo en cita, “si las lesiones ponen en peligro la vida del animal no humano se incrementarán en una mitad las penas señaladas.”
Es importante señalar que la legislación penal local entiende como animal, en el numeral en cita, al organismo vivo, no humano, sensible, que no constituya plaga, que posee movilidad propia, y capacidad de respuesta a los estímulos del medio ambiente perteneciente a una especie doméstica o silvestre”. Asimismo, establece que los animales abandonados, o callejeros no serán considerados plaga.
Ahora bien, si el acto de maltrato o crueldad en contra del animal trae como consecuencia la muerte de este, se le impondrá a quien realice dicha conducta de dos a cuatro años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días multa, así como el aseguramiento de todos los animales que pudiera tener bajo su cuidado o resguardo. Lo anterior de conformidad con el articulo 350 ter del Código Penal del Distrito Federal. Y en caso de que se haga uso de métodos que provoquen un grave sufrimiento al animal, es decir todos aquellos métodos que lleven a una muerte no inmediata y prolonguen la agonía del animal, las penas se aumentarán en una mitad.
Dicho lo anterior, ¿cómo puedo denunciar el maltrato animal?
La Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la ciudad de México (PAOT) de conformidad con el artículo 56 de la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal, tiene facultad para atender las denuncias por maltrato animal. Asimismo, la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJ) a través del Ministerio Publico está facultada para recibir y atender las denuncias por maltrato animal. Así pues, existen al menos dos instancias por la cuales es posible denunciar el maltrato animal.
Por un lado, en la PAOT puedes denunciar vía web llenando el siguiente formulario: http://www.paot.org.mx/denunciantes/formularioDenuncia.php. Asimismo, puedes denunciar por teléfono al 52 65 07 80 de lunes a jueves de 9 a 18 horas y los viernes de 9 a 15 horas; personalmente en las oficinas ubicadas en Medellín 202, planta baja, colonia Roma, Alcaldía Cuauhtémoc, de lunes a jueves de 9 a 18 horas y los viernes de 9 a 15 horas; y mediante la aplicación web “APP PAOT” disponible en iOS y Android. Aunado a esto es posible acudir a los módulos en las siguientes alcaldías: Xochimilco los lunes, miércoles, jueves y viernes de 9 a 15 horas; Magdalena Contreras los martes de 9 a 15 horas; Milpa Alta los martes de 9 a 15 horas y en Iztapalapa los jueves de 9 a 15 horas. [1]
Por otro lado, para denunciar ante la PGJ deberás acudir presencialmente en la agencia del Ministerio Público correspondiente al lugar de los hechos. En la siguiente liga puedes ubicarlas: https://www.pgj.cdmx.gob.mx/nuestros-servicios/fiscalias-desconcentradas-y-coordinaciones-territoriales.
Así pues, es necesaria la denuncia para que aquella persona que maltrata a un animal sea sujeta de las consecuencias jurídicas establecidas en los artículos 350 bis y 350 ter del Código Penal para el Distrito Federal.
[1] Disponible en http://www.paot.org.mx/denunciantes/denunciantes.php
Bibliografía:
- Código Penal para el DF
- Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal
- http://www.paot.org.mx/denunciantes/denunciantes.php