¿Pueden retener mi licencia?
por Geraldine Romero Cerón
Colaboradora
Colaboradora
Lo más importante que debes saber es que si un oficial de tránsito te detiene y quiere retener tus documentos, por ejemplo tu licencia de conducir o tarjeta de circulación, sólo lo puede hacer si las placas de matrícula de tu automóvil son de otra entidad federativa del país y cuando el cobro de la sanción no se pueda ser realizado en el sitio en donde se cometió la infracción. Además, el oficial deberá indicar en la boleta de infracción que se procedió de esa forma, es decir, que retuvo alguno de tus documentos. De igual forma, los oficiales están facultados para retirar la placa delantera de tu automóvil y tiene la facultad de decidir qué documento te retirará pero no puede ser más de uno de estos. [1]
Una vez que te han retirado los documentos, te serán devueltos en las oficinas de Seguridad Pública en cuanto hayas realizado el pago de tu infracción. [2]
Si tus placas son de la Ciudad de México, la sanción será acorde al reglamento de tránsito y no podrán retirarte ningún documento. Sin embargo, debes tener presente que si tu licencia o permiso para conducir fue expedido por la Secretaria de Movilidad de la Ciudad de México, éste puede ser suspendida en forma temporal por un periodo de seis meses a tres años en los siguientes casos:
- Si acumulas tres infracciones en el transcurso de un año;
- Si causaste algún daño a terceros o a sus bienes sin repararlo, al conducir un vehículo;
- Se cancelará por un año si eres sancionado por primera ocasión por conducir un vehículo en estado de ebriedad, quedando obligado a someterte a un tratamiento de combate a las adicciones y a rehabilitación en una institución especializada pública o privada;
- Y será por tres años si eres sancionado por segunda ocasión en un periodo mayor a un año contado a partir de la primera sanción por conducir un vehículo en estado de ebriedad, quedando obligado a someterse a un tratamiento de combate a las adicciones para tu rehabilitación en una institución especializada pública o privada.[3]
- Si eres sancionado por segunda vez en un periodo de un año, por conducir en estado de ebriedad.
- Si te sancionan por tercera ocasión en un periodo de tres o más años por conducir en estado de ebriedad.
- Si cometes alguna infracción bajo los efectos de alguna droga o sustancia tóxica.
- Si ya te han sancionado dos veces suspendiéndote la licencia o permiso
- Si te comprueban que la información proporcionada para su expedición es falsa, o bien que alguno de los documentos presentados es falso o alterado, en cuyo caso se dará vista a la autoridad correspondiente y
- Cuando por motivo de su, falta de cuidado o irresponsabilidad, el titular cause lesiones que pongan en peligro la seguridad o la vida de los usuarios.
Si es cancelada, no podrás conducir vehículos en la Ciudad de México aun cuando la licencia o permiso para conducir sea expedido en otra entidad federativa o país. [4]
En caso de que el oficial de tránsito no quiere devolverte tus documentos aun cuando tus placas son de la Ciudad de México, debes tomar su nombre, número de identificación y reportarlo al teléfono 5208 7445 o 5208 9898, en caso de que sea una emergencia no dudes en contactar al 911 quienes te brindarán el apoyo necesario.
No olvides que si circulas en la Ciudad de México es importante que estés atento a las actualizaciones y reformas al reglamento de tránsito de la Ciudad de México y es tu responsabilidad mantener vigentes todos los documentos obligatorios y evitar cometer alguna falta a la ley.
[1] Reglamento de tránsito, artículo 62.
[2] Ibíd
[3] Ley de movilidad del Distrito Federal, artículo 68.
[4] Ley de movilidad del Distrito Federal, artículo 67.