¿Cómo solicitar información a las autoridades?
por Luis Alberto Cifuentes Enríquez
Co-fundador
Co-fundador
El artículo 6 constitucional protege el derecho al acceso a la información a todo ciudadano, no obstante, la enorme mayoría de los ciudadanos no sabemos cómo ejercer este derecho. El sentido de este artículo es explicar el proceso por el cual podemos solicitar información.
¿A qué información tengo derecho a acceder?
El mismo artículo 6 de la Constitución establece que toda información en posesión de cualquier autoridad[1] es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional.
¿Qué información puede ser reservada?
La autoridad puede reservar la información cuando:
- Cuando la divulgación de la información representa un riesgo real, demostrable e identificable de perjuicio significativo al interés público o a la seguridad nacional y
- Cuando el riesgo de perjuicio que supondría la divulgación supera el interés público general de que se difunda. [2]
¿Cuál es la información confidencial?
Se considera información confidencial la que contiene datos personales concernientes a una persona identificada o identificable. [3]
¿Quién puede presentar una solicitud de acceso a información pública y ante quién?
Cualquier persona por sí misma o a través de su representante legal. [4]
¿Dónde puedo presentar una solicitud de acceso a información pública?
Usted puede presentar una solicitud de información a través de las siguientes vías:
- Acudiendo personalmente a la Unidad de Transparencia, que es el área que toda autoridad debe tener para atender las solicitudes de acceso a la información.
- Utilizando la Plataforma Nacional de Transparencia: http://www.plataformadetransparencia.org.mx/
- Por correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional, dirigido a la Unidad de Transparencia de la autoridad cuya información solicita.
Es importante que se quede con un comprobante que acredite la fecha en que presentó su solicitud de acceso a información pública.
- En la oficina u oficinas que la autoridad tenga designadas para ello. [5]
¿Puedo solicitar la información al INAI en lugar de la Unidad de Transparencia de la autoridad en cuestión?
No, el INAI no concentra información de los Sujetos Obligados (autoridades), ni tiene la facultad de solicitarla a nombre de los particulares. Si Usted realiza una solicitud al INAI, éste, en su carácter de sujeto obligado, únicamente debe entregarle información que se encuentre en sus archivos y, por ende, esté relacionada con sus facultades y atribuciones. [6]
¿Cuáles son los requisitos para presentar una solicitud de información?
• Nombre o, en su caso, los datos generales de su representante (opcional)
• Domicilio o medio para recibir notificaciones.
• Descripción de la información solicitada.
• Cualquier otro dato que facilite su búsqueda (opcional).
• Modalidad en la que prefiere se otorgue al acceso a la información (verbal - siempre y cuando sea para fines de orientación -, consulta directa, mediante la expedición de copias simples o certificadas o la reproducción en cualquier otro medio, incluidos los electrónicos). [7]
¿Se debe justificar el por qué un particular requiere determinada información pública?
No. Usted no debe dar ninguna explicación del por qué requiere determinada información ni para qué la va a utilizar. [8]
¿Cuántos días tienen los sujetos obligados para responder una solicitud?
La respuesta a la solicitud deberá ser notificada en un plazo máximo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la presentación de aquélla. Excepcionalmente, el plazo referido podrá ampliarse hasta por 10 días más, siempre y cuando existan razones fundadas y motivadas.
En caso de que la información solicitada no pueda entregarse o enviarse en la modalidad elegida por el solicitante, el sujeto obligado deberá ofrecer otra u otras modalidades de entrega.
Si una solicitud no es respondida en el plazo previsto, en caso de que proceda el acceso, los costos de reproducción y envío correrán a cargo del sujeto obligado. [9]
[1] Por autoridad se entiende: toda entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal.
[2] Artículo 102 Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP)
[3] Artículo 116 LGTAIP
[4] Artículo 122 LGTAIP
[5] Artículo 122 LGTAIP
[6] Artículo 129 LGTAIP
[7] Artículo 124 LGTAIP
[8] Artículo 124 LGTAIP
[9] Artículo 132 LGTAIP
Bibliografía
Realizado con información del INAI: http://inicio.ifai.org.mx/SitePages/AIP-Como-realizo-una-solicitud-de-informacion.aspx?a=m2 (accedido el 7 de octubre del 2018).
**Luis Alberto Cifuentes Enríquez es estudiante de Derecho en el Centro de Investigación y Docencias Económica. Un gran apasionado de la política, la economía, los videojuegos y Shrek.
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