¿Qué puedo hacer si mi perro muerde a un extraño?
por Rodrigo González Zuppa
Colaborador
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El hecho que tu perro muerda a un extraño, no implica que necesariamente tengas responsabilidad (culpa) y debas pagar los daños, todo va a depender de la situación. Tú, como dueño del perro, debes demostrar que hiciste todo lo posible dentro de lo racional para evitar el accidente y que la única manera que sucediera es porque la víctima lo provocó o incitó a ello. En otras palabras, debes demostrar la culpa o negligencia inexcusable de la persona que haya sido mordida. [1]
Si tu perro estaba dentro de tu propiedad, cercada o enrejada, y muerde a alguien, debemos considerar si es que el perro pudo cruzar la reja, salir y morder, o bien sacar alguna extremidad para causar el accidente. De ser este caso, si eres responsable por los daños ocasionados. De lo contrario, si no existen indicios para considerar lo primero, entonces debemos entender que fue porque la víctima metió la mano y así sufrió el accidente. En este último caso, no eres responsable. Sin embargo, dichas situaciones son complicadas de probar por lo que te recomendamos fuertemente tener a tu perro siempre lo más lejos posible de las demás personas si crees que podría llegar a morder a alguien. Asimismo, es recomendable poner una advertencia fuera de tu propiedad.
Ahora bien, el mismo principio se sigue en otro tipo de situaciones como, por ejemplo, paseando a tu perro. Sin embargo, debes de ser consciente de la obligación que tienes como dueño de controlarlo si sabes que es bravo, o bien, advertirle eso a las personas que puedan acercarse. Si alguien lo provoca claramente (por ejemplo, pateándolo o atacándote de alguna manera) y tu perro lo muerde, no eres responsable del daño ya que es culpa o negligencia inexcusable de la víctima.
Por último, recuerda que si derivado de un accidente sí eres responsable, la obligación de reparar el daño prescribe a los dos años a partir de que este haya sido causado [2]. Si en dos años no te demando el pago la victima, ya no tienes obligación de pagar.
*Estas situaciones son para la Ciudad de México.
[1] Artículo 1910 del Código Civil Federal/ del DF.
[2] Artículo 1934 del Código Civil Federal/ del DF.
Si tu perro estaba dentro de tu propiedad, cercada o enrejada, y muerde a alguien, debemos considerar si es que el perro pudo cruzar la reja, salir y morder, o bien sacar alguna extremidad para causar el accidente. De ser este caso, si eres responsable por los daños ocasionados. De lo contrario, si no existen indicios para considerar lo primero, entonces debemos entender que fue porque la víctima metió la mano y así sufrió el accidente. En este último caso, no eres responsable. Sin embargo, dichas situaciones son complicadas de probar por lo que te recomendamos fuertemente tener a tu perro siempre lo más lejos posible de las demás personas si crees que podría llegar a morder a alguien. Asimismo, es recomendable poner una advertencia fuera de tu propiedad.
Ahora bien, el mismo principio se sigue en otro tipo de situaciones como, por ejemplo, paseando a tu perro. Sin embargo, debes de ser consciente de la obligación que tienes como dueño de controlarlo si sabes que es bravo, o bien, advertirle eso a las personas que puedan acercarse. Si alguien lo provoca claramente (por ejemplo, pateándolo o atacándote de alguna manera) y tu perro lo muerde, no eres responsable del daño ya que es culpa o negligencia inexcusable de la víctima.
Por último, recuerda que si derivado de un accidente sí eres responsable, la obligación de reparar el daño prescribe a los dos años a partir de que este haya sido causado [2]. Si en dos años no te demando el pago la victima, ya no tienes obligación de pagar.
*Estas situaciones son para la Ciudad de México.
[1] Artículo 1910 del Código Civil Federal/ del DF.
[2] Artículo 1934 del Código Civil Federal/ del DF.
**Rodrigo González Zuppa fue aceptado a los 16 años en la licenciatura en Derecho del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE, 2016-2020). Rodrigo fue asesor en el Centro de Escritura del CIDE y fue seleccionado para formar parte del primer equipo de colaboradores de la Guía Jurídica MX. Además del Derecho Penal e Internacional, sus intereses son la Filosofía, el Ajedrez, la Literatura y la Física.
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