¿Qué pasa si un policía de tránsito me pide que me detenga pero hago caso omiso (o no lo vi) y me sigo?
por Geraldine Romero Cerón
Para comenzar, debes saber que la policía de tránsito sólo puede detenerte si has cometido una infracción[ASE1] al reglamento de tránsito –por ejemplo, si utilizas el celular mientras conduces,[1]si el número de pasajeros excede a la capacidad del automóvil, [2] no utilizas el cinturón de seguridad,[3] etc.). Si te pide que te detengas y no lo haces o no te diste cuenta, seguramente te va a alcanzar y, en este caso, es importante que conozcas el proceder de los oficiales.
El oficial debe indicarte que te detengas en lugar adecuado y preferentemente cercano a cámaras de video vigilancia. De ser posible, en ese momento deberá informar por radio el motivo por el cual te detiene y las placas de tu vehículo en busca de reporte de robo de éste. [4]
Lo primero que debe hacer el oficial es identificarse con su nombre y número de placa, después señalarte cuál ha sido la infracción cometida y deberá mostrarte el artículo del Reglamento que prevé el supuesto. [5]
Si la detención está justificada, deberás atender a las solicitudes que te realice el oficial –que le muestres tu licencia para conducir, la tarjeta de circulación y, en su caso, la póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros vigente. En caso de que no presentes alguno de los documentos solicitados, el oficial impondrá la sanción correspondiente por lo que es muy importante que procures siempre llevar contigo estos documentos vigentes.[6]
Puede llegar a existir que la ley no prevea una sanción económica para la infracción, por lo que simplemente el oficial deberá solicitarte que conduzcas con mayor precaución. Sin embargo, la mayoría de las infracciones contemplan una sanción económica. En caso de poner una multa, el agente procederá a llenar la boleta de sanción de la que te deberá dar una copia.[7] Al finalizar, deberá devolverte los documentos que te fueron solicitados.[8]
Si la detención no es justificada, no estás obligado a dar tu información (mostrar tus documentos). En ningún caso debes bajarte del carro o permitir que los oficiales lo revisen. Puedes negarte a cualquiera de estas peticiones y a solicitarles que se identifiquen, recuerda que el principio de legalidad siempre será rector en el actuar de las autoridades.
Si el oficial es violento, lo mejor es que utilices el 911 para que seas asistido. Si llegas a insultar al agente, serás acreedor a una sanción económica y remitido ante el Juez Cívico,[9] por lo que recomendamos fuertemente siempre actuar de forma diligente.
[1] Artículo 38, Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.
[2] Ibíd
[3] Artículo 37, Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.
[4] Artículo 59, fracción II, Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.
[5] Ibíd
[6] Ibíd
[7] Artículo 60, Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.
[8] Artículo 59 fracción II, Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.
[9] Ibíd
El oficial debe indicarte que te detengas en lugar adecuado y preferentemente cercano a cámaras de video vigilancia. De ser posible, en ese momento deberá informar por radio el motivo por el cual te detiene y las placas de tu vehículo en busca de reporte de robo de éste. [4]
Lo primero que debe hacer el oficial es identificarse con su nombre y número de placa, después señalarte cuál ha sido la infracción cometida y deberá mostrarte el artículo del Reglamento que prevé el supuesto. [5]
Si la detención está justificada, deberás atender a las solicitudes que te realice el oficial –que le muestres tu licencia para conducir, la tarjeta de circulación y, en su caso, la póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros vigente. En caso de que no presentes alguno de los documentos solicitados, el oficial impondrá la sanción correspondiente por lo que es muy importante que procures siempre llevar contigo estos documentos vigentes.[6]
Puede llegar a existir que la ley no prevea una sanción económica para la infracción, por lo que simplemente el oficial deberá solicitarte que conduzcas con mayor precaución. Sin embargo, la mayoría de las infracciones contemplan una sanción económica. En caso de poner una multa, el agente procederá a llenar la boleta de sanción de la que te deberá dar una copia.[7] Al finalizar, deberá devolverte los documentos que te fueron solicitados.[8]
Si la detención no es justificada, no estás obligado a dar tu información (mostrar tus documentos). En ningún caso debes bajarte del carro o permitir que los oficiales lo revisen. Puedes negarte a cualquiera de estas peticiones y a solicitarles que se identifiquen, recuerda que el principio de legalidad siempre será rector en el actuar de las autoridades.
Si el oficial es violento, lo mejor es que utilices el 911 para que seas asistido. Si llegas a insultar al agente, serás acreedor a una sanción económica y remitido ante el Juez Cívico,[9] por lo que recomendamos fuertemente siempre actuar de forma diligente.
[1] Artículo 38, Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.
[2] Ibíd
[3] Artículo 37, Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.
[4] Artículo 59, fracción II, Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.
[5] Ibíd
[6] Ibíd
[7] Artículo 60, Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.
[8] Artículo 59 fracción II, Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.
[9] Ibíd