¿Me pueden recoger o retener mi INE para poder entrar a un lugar?
por Carlos Arce Chora
De una interpretación textual de las fracciones V y VI del artículo 7 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales es posible concluir que, cuando te piden la credencial para votar (INE) como requisito de acceso a cualquier lugar y “se la quedan” en tanto estás dentro de dicho sitio, están cometiendo un delito electoral. Por ejemplo, cuando vas de visita al fraccionamiento de un amigo y en el control de acceso piden tu INE y la guardan en la caseta en tanto sales.
Si bien, cualquier lugar tiene derecho a tener controles internos de acceso y seguridad, no pueden recoger ni retener tu credencial para votar, pues estarían cometiendo un delito electoral. Podrías identificarte mostrándola, más no entregándola. En todo caso, lo adecuado sería entregar cualquier otro tipo de identificación (credencial escolar, licencia de conducir, etc.) que no sea la credencial para votar.
Ahora bien, la conducta por la cual te piden mostrar tu INE como requisito para entrar a un lugar no recae en este supuesto, no configura un delito. Es decir, cuando vas a un bar y te piden que muestres tu INE para poder comprobar tu mayoría de edad, no están cometiendo un delito electoral. Asimismo, tampoco existe delito cuando solicitan tu INE para la realización de un trámite legal.
Así pues, para quien “Recoja en cualquier tiempo, sin causa prevista por la ley, una o más credenciales para votar de los ciudadanos”[1] y para quien “Retenga durante la jornada electoral, sin causa justificada por la ley, una o más credenciales para votar de los ciudadanos”[2], se impondrán de cincuenta a cien días multa y de seis meses a tres años de prisión.
Si eres víctima de un delito de esta naturaleza puedes denunciar en La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE); por medio de llamada telefónica al 01 800 833 7233 y a través de su portal web: https://www.fepadenet.gob.mx/
[1] Artículo 7, fracción V de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGMDE_190118.pdf
[2] Artículo 7, fracción VI de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGMDE_190118.pdf
Si bien, cualquier lugar tiene derecho a tener controles internos de acceso y seguridad, no pueden recoger ni retener tu credencial para votar, pues estarían cometiendo un delito electoral. Podrías identificarte mostrándola, más no entregándola. En todo caso, lo adecuado sería entregar cualquier otro tipo de identificación (credencial escolar, licencia de conducir, etc.) que no sea la credencial para votar.
Ahora bien, la conducta por la cual te piden mostrar tu INE como requisito para entrar a un lugar no recae en este supuesto, no configura un delito. Es decir, cuando vas a un bar y te piden que muestres tu INE para poder comprobar tu mayoría de edad, no están cometiendo un delito electoral. Asimismo, tampoco existe delito cuando solicitan tu INE para la realización de un trámite legal.
Así pues, para quien “Recoja en cualquier tiempo, sin causa prevista por la ley, una o más credenciales para votar de los ciudadanos”[1] y para quien “Retenga durante la jornada electoral, sin causa justificada por la ley, una o más credenciales para votar de los ciudadanos”[2], se impondrán de cincuenta a cien días multa y de seis meses a tres años de prisión.
Si eres víctima de un delito de esta naturaleza puedes denunciar en La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE); por medio de llamada telefónica al 01 800 833 7233 y a través de su portal web: https://www.fepadenet.gob.mx/
[1] Artículo 7, fracción V de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGMDE_190118.pdf
[2] Artículo 7, fracción VI de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGMDE_190118.pdf