Dejé mi coche en el estacionamiento de mi torre y cuando regresé, estaba chocado, ¿qué puedo hacer?
por Rodrigo González Zuppa
En primer lugar, acude con las autoridades encargadas de mantener la seguridad de tu condominio. Lo ideal es que te permitan revisar las cámaras de seguridad, o bien, te brinden información respecto de lo que pudo haberle pasado a tu automóvil. Recuerda que la Asamblea General [1] es la responsable de establecer los medios y medidas pertinentes (por ejemplo, la organización de los vigilantes e instalación de cámaras de seguridad) para la seguridad y la vigilancia del condominio [2]. Si esto no es así, y el lugar en el que vives no tiene un sistema de seguridad con cámaras y policías, puedes obtener la información que necesites de los demás vecinos (si tu o tus vecinos saben de algún otro automóvil que esté chocado o notaron alguna anomalía).
En este sentido, debes ser consciente de que existen algunas distinciones conforme a las facultades de la asamblea en otras partes del país. Por ejemplo, en Nuevo León, la asamblea puede adoptar las medidas pertinentes sobre los asuntos de interés común (como la seguridad) [3]; sucede lo mismo en el estado de Morelos [4]. Sin embargo, la ambigüedad de esta facultad podría funcionar como una excusa en caso de que no exista una regulación pertinente sobre la seguridad del condominio. Por lo tanto, la recomendación es que revises cuidadosamente el reglamento interno de tu condominio. Igualmente, en el Estado de México, corresponde a la asamblea establecer los medios y las medidas para la seguridad y vigilancia del condominio [5]. En Veracruz, esto funciona de la misma manera [6].
Lo anterior tiene por objetivo brindarte la información pertinente para ubicar a la persona respomsable que daño tu coche y las personas que deben de haber establecido las medidas pertinentes para encontrar al responsable, todo en la medida de lo posible. En este mismo sentido, la legislación sobre el régimen de propiedad en condominio puede facultar explícitamente a la asamblea para adoptar las medidas de seguridad (como en Veracruz y el Estado de México), o bien, ser ambigua al respecto (Como en Nuevo león y Morelos). Por lo tanto, resulta imprescindible conocer las facultades que corresponden a la asamblea en tu entidad federativa, así como el reglamento interno de tu condominio. No olvides que el punto medular de esta situación es que, la persona que afectó tu automóvil está obligada a reparar el daño a menos que el daño haya sido consecuencia de tu culpa o negligencia [7].
Ahora bien, puedes acudir con el Comité de Mediación de tu condominio, o el encargado de resolver conflictos de intereses entre condóminos antes de realizar una queja condominal, una conciliación o un arbitraje. De esta manera, si la persona que identificaste también vive en el condominio, podrás solicitarle la reparación del daño.
Si la persona que identificaste no habita en el condominio, puedes intentar localizarla con la información que obtengas al momento; seguramente alguno de los demás condóminos lo conoce. Si no obtuviste ningún tipo de pruebas sobre la causa del daño a tu vehículo, sufres la pérdida, así que recuerda solicitar medidas pertinentes de vigilancia en la asamblea de tu condominio. Finalmente, y sólo en casos en los que sea absolutamente necesario, puedes solicitar la intervención del Ministerio Público para que investigue respecto de tu situación, recuerda que el daño en propiedad ajena es un delito federal y local, por lo que debe de ser investigado como tal[8].
[1] Asamblea General: Descrita en el Artículo 2 de la Ley de Propiedad en Condominio de cualquier entidad federativa.
[2] Artículo 33, Fracción XIII, de la ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
[3] Artículo 32, Fracción X, de la Ley de propiedad en condominio de inmuebles para el estado de Nuevo León.
[4] Artículo 33, Fracción III, de la Ley sobre el Régimen de Condominio de Inmuebles para el estado de Morelos.
[5] Artículo 29, Fracción VII, de la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio en el Estado de México.
[6] Artículo 49, Fracción VII, de la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio En el estado de Veracruz.
[7] Artículo 1910 del Código Civil Federal.
[8] Artículos 62 y 397 del Código Penal Federal.
En este sentido, debes ser consciente de que existen algunas distinciones conforme a las facultades de la asamblea en otras partes del país. Por ejemplo, en Nuevo León, la asamblea puede adoptar las medidas pertinentes sobre los asuntos de interés común (como la seguridad) [3]; sucede lo mismo en el estado de Morelos [4]. Sin embargo, la ambigüedad de esta facultad podría funcionar como una excusa en caso de que no exista una regulación pertinente sobre la seguridad del condominio. Por lo tanto, la recomendación es que revises cuidadosamente el reglamento interno de tu condominio. Igualmente, en el Estado de México, corresponde a la asamblea establecer los medios y las medidas para la seguridad y vigilancia del condominio [5]. En Veracruz, esto funciona de la misma manera [6].
Lo anterior tiene por objetivo brindarte la información pertinente para ubicar a la persona respomsable que daño tu coche y las personas que deben de haber establecido las medidas pertinentes para encontrar al responsable, todo en la medida de lo posible. En este mismo sentido, la legislación sobre el régimen de propiedad en condominio puede facultar explícitamente a la asamblea para adoptar las medidas de seguridad (como en Veracruz y el Estado de México), o bien, ser ambigua al respecto (Como en Nuevo león y Morelos). Por lo tanto, resulta imprescindible conocer las facultades que corresponden a la asamblea en tu entidad federativa, así como el reglamento interno de tu condominio. No olvides que el punto medular de esta situación es que, la persona que afectó tu automóvil está obligada a reparar el daño a menos que el daño haya sido consecuencia de tu culpa o negligencia [7].
Ahora bien, puedes acudir con el Comité de Mediación de tu condominio, o el encargado de resolver conflictos de intereses entre condóminos antes de realizar una queja condominal, una conciliación o un arbitraje. De esta manera, si la persona que identificaste también vive en el condominio, podrás solicitarle la reparación del daño.
Si la persona que identificaste no habita en el condominio, puedes intentar localizarla con la información que obtengas al momento; seguramente alguno de los demás condóminos lo conoce. Si no obtuviste ningún tipo de pruebas sobre la causa del daño a tu vehículo, sufres la pérdida, así que recuerda solicitar medidas pertinentes de vigilancia en la asamblea de tu condominio. Finalmente, y sólo en casos en los que sea absolutamente necesario, puedes solicitar la intervención del Ministerio Público para que investigue respecto de tu situación, recuerda que el daño en propiedad ajena es un delito federal y local, por lo que debe de ser investigado como tal[8].
[1] Asamblea General: Descrita en el Artículo 2 de la Ley de Propiedad en Condominio de cualquier entidad federativa.
[2] Artículo 33, Fracción XIII, de la ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
[3] Artículo 32, Fracción X, de la Ley de propiedad en condominio de inmuebles para el estado de Nuevo León.
[4] Artículo 33, Fracción III, de la Ley sobre el Régimen de Condominio de Inmuebles para el estado de Morelos.
[5] Artículo 29, Fracción VII, de la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio en el Estado de México.
[6] Artículo 49, Fracción VII, de la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio En el estado de Veracruz.
[7] Artículo 1910 del Código Civil Federal.
[8] Artículos 62 y 397 del Código Penal Federal.